Con el objetivo de resguardar el estatus sanitario del pa&iacute;s y proteger el comercio internacional de mercanc&iacute;as aviares, el Senasa estableci&oacute; nuevas condiciones para la vigilancia epidemiol&oacute;gica activa de la Influenza aviar (IA) en aves de producci&oacute;n industrial y de raza. Adem&aacute;s, oficializ&oacute; un nuevo plan de contingencia para el control y erradicaci&oacute;n de brotes de la enfermedad. Dispuso las estrategias de vigilancia epidemiol&oacute;gica activa para la detecci&oacute;n de IA en establecimientos av&iacute;colas, que se aplicar&aacute;n en predios comerciales de aves de corral (producci&oacute;n de carne, huevo y gen&eacute;tica) y de aves de raza, con lineamientos diferenciados seg&uacute;n el tipo de producci&oacute;n. <p style="text-align: center;"> Para ello, los titulares de estos establecimientos deber&aacute;n contar con un veterinario acreditado en sanidad y bienestar de las aves, encargado de la toma de muestra de sueros, el acondicionamiento y la remisi&oacute;n de muestras, de acuerdo con cada unidad epidemiol&oacute;gica del predio a muestrear. Para el diagn&oacute;stico de IA, estas muestras deber&aacute;n enviarse a los laboratorios inscriptos en la Red Nacional de Laboratorios del Senasa. En cuanto al nuevo plan de contingencia para el control, contenci&oacute;n y erradicaci&oacute;n de brotes de Influenza aviar tipo A, el Senasa actualiz&oacute; las tareas y procedimientos sanitarios que deben aplicarse ante la sospecha o confirmaci&oacute;n de la enfermedad en el territorio nacional. Entre los puntos m&aacute;s relevantes, se destaca el procedimiento de atenci&oacute;n ante una sospecha de IA y las competencias del organismo como responsable de intervenir en el predio, realizar la toma de muestras, acondicionarlas y remitirlas a un laboratorio oficial del organismo. Otro aspecto clave es la definici&oacute;n de una Zona de Control Sanitario (ZCS) de 10 km de radio alrededor de un brote de IA H5/H7. Esta delimitaci&oacute;n permite al Senasa identificar, supervisar e inspeccionar los predios o establecimientos ubicados en esa &aacute;rea. En esta zona, se intensificaron las tareas necesarias para la biocontenci&oacute;n, bioseguridad, vigilancia y control de movimientos, considerando subzonas espec&iacute;ficas que permiten fortalecer la segregaci&oacute;n de los productos y animales, garantizando su manejo diferenciado para minimizar el riesgo de diseminaci&oacute;n de la enfermedad. <p style="text-align: center;"> Asimismo, se especificaron las medidas que deben adoptarse ante la confirmaci&oacute;n de un brote de la enfermedad, incluyendo los procedimientos de comunicaci&oacute;n oficial, las eventuales restricciones al comercio de mercanc&iacute;as aviares (en caso de tratarse de establecimientos comerciales), y la colaboraci&oacute;n de asociaciones sectoriales e industrias involucradas, para fortalecer la investigaci&oacute;n epidemiol&oacute;gica. Desde la recuperaci&oacute;n del estatus sanitario como pa&iacute;s libre de Influenza aviar, Argentina reabri&oacute; 178 mercados internacionales en m&aacute;s de 70 pa&iacute;ses. El resguardo de esta condici&oacute;n es fundamental para asegurar la sanidad de las aves en la producci&oacute;n av&iacute;cola nacional y fortalecer la salud p&uacute;blica, considerando que se trata de una enfermedad con potencial zoon&oacute;tico. Es importante destacar que, para evitar que este tipo de enfermedades ingresen, se establezcan y diseminen, cualquier persona puede notificar al Senasa una sospecha de IA en la oficina m&aacute;s cercana (personalmente o por tel&eacute;fono); por Whatsapp, al (11) 5700 5704; escribiendo un correo electr&oacute;nico a notificaciones@senasa.gob.ar; o a trav&eacute;s del Formulario Avis&aacute; al Senasa, en el sitio web oficial.