Por: D&eacute;bora Racciatti, Veterinaria especialista en Bienestar Animal. Programa de Bienestar Animal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Punto Focal Nacional de la OIE para el Bienestar Animal. Fotos: SENASA La Organizaci&oacute;n Mundial de Sanidad Animal (OIE) define el bienestar animal (BA) como el estado f&iacute;sico y mental de un animal en relaci&oacute;n con las condiciones en las que vive y muere. Esto guarda relaci&oacute;n directa con las condiciones del ambiente en el que se encuentren los animales y el trato que reciban por parte de las personas. Por ello, cobran importancia los diferentes factores de &iacute;ndole econ&oacute;mica, cultural, social, religiosa y pol&iacute;tica, que tienen impacto en el comportamiento humano y en las condiciones del entorno.&nbsp; La vinculaci&oacute;n del BA con el contexto es tan estrecha que recientemente surgi&oacute; un nuevo enfoque para su abordaje, conocido como &ldquo;un bienestar&rdquo;: reconoce los v&iacute;nculos existentes entre el bienestar humano, el BA y la sostenibilidad ambiental. Su consideraci&oacute;n permite reforzar la comunicaci&oacute;n y la coordinaci&oacute;n de acciones entre los diferentes actores, para la implementaci&oacute;n de normas y pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que promuevan objetivos claves como la inocuidad y seguridad alimentaria, la resiliencia de las comunidades, la mejora de la productividad en el sector ganadero y el desarrollo sostenible.&nbsp; <p style="text-align: center;">&ldquo;&ldquo;Un bienestar&rdquo;: reconoce los v&iacute;nculos existentes entre el bienestar humano, el BA y la sostenibilidad ambiental&rdquo; El BA puede enfocarse desde tres perspectivas: &eacute;tica, ciencia y legislaci&oacute;n. La &eacute;tica cuestiona las acciones de las personas hacia los animales, con base en la moral del comportamiento humano. La ciencia es el conjunto de conocimientos obtenidos por la observaci&oacute;n y el razonamiento, sistem&aacute;ticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales con capacidad predictiva y comprobables experimentalmente. Respetando estos principios, la ciencia trabaja en resolver las preguntas &eacute;ticas y estudia el impacto de diferentes factores sobre el BA, as&iacute; como el desarrollo de herramientas para evaluarlo y mejorarlo.&nbsp; Esto es posible dado que existen consensos en la comunidad cient&iacute;fica. Uno de ellos es que las condiciones del ambiente en el que se encuentren los animales y la calidad de la relaci&oacute;n con las personas influyen en su bienestar a tres niveles: funcionamiento biol&oacute;gico, comportamiento y estados afectivos. El biol&oacute;gico refiere a la salud, el crecimiento y los sistemas neuro-inmuno-endocrinol&oacute;gicos; comportamental al desarrollo y uso de las adaptaciones y capacidades naturales de los animales; y los estados afectivos refieren a las emociones. Esta &uacute;ltima es la perspectiva m&aacute;s novedosa y representa un cambio de paradigma, ya que reconoce a los animales como seres capaces de experimentar emociones positivas y negativas, con un determinado nivel de conciencia y capacidades cognitivas.&nbsp; <p style="text-align: center;"> <p style="text-align: center;">&ldquo;El BA puede enfocarse desde tres perspectivas: &eacute;tica, ciencia y legislaci&oacute;n&rdquo; La legislaci&oacute;n se interesa por las reglas de la sociedad acerca del uso y trato de los animales. En el &aacute;mbito internacional, desde inicios del milenio la OIE estableci&oacute; las recomendaciones sobre BA dentro de sus dos C&oacute;digos Sanitarios, para los Animales Terrestres y Acu&aacute;ticos que hoy abordan diferentes contextos: transporte, sacrificio, investigaci&oacute;n y educaci&oacute;n, control de poblaciones de perros vagabundos, &eacute;quidos de trabajo y sistemas de producci&oacute;n para bovinos, pollos, cerdos y animales acu&aacute;ticos. Adem&aacute;s, se encuentra trabajando en un proyecto de cap&iacute;tulo sobre BA en sistemas de producci&oacute;n de gallinas ponedoras que ya ha atravesado cuatro instancias de consulta con los pa&iacute;ses miembros y fue propuesto para adopci&oacute;n en la 88&deg; Sesi&oacute;n General de la Asamblea Anual pero no fue adoptado por no alcanzar los 2/3 del qu&oacute;rum.&nbsp; Medidas oficiales para favorecer el BA en Argentina El SENASA se ocupa del cuidado integral del BA en la producci&oacute;n primaria, el transporte, la comercializaci&oacute;n y la faena. Basa su labor en el conocimiento cient&iacute;fico sobre la materia y adopta un enfoque multidimensional y colaborativo, buscando el consenso de todos los actores para el desarrollo normativo.&nbsp; A partir de 2016 se conformaron Grupos de Trabajo para cada una de las cadenas productivas, con la participaci&oacute;n de diversos actores del sector p&uacute;blico y privado. A fines de 2021, la puesta en vigencia de la Resoluci&oacute;n SENASA N&deg;542 cre&oacute; las Comisiones Nacionales de Sanidad y Bienestar Animal, entre las que se encuentra la Comisi&oacute;n Nacional de Bienestar Animal en Especies Pecuarias (CoNBAEP). El objetivo es contar con un &aacute;mbito participativo para intercambiar informaci&oacute;n relevante y recoger demandas, opiniones y propuestas de los actores involucrados en las diferentes cadenas productivas durante el proceso de elaboraci&oacute;n y actualizaci&oacute;n de normas y medidas de sanidad y BA. A partir de entonces, los Grupos de Trabajo de Bienestar Animal pasaron a conformar las subcomisiones dentro de la CoNBAEP. El control del cumplimiento de las normas es otro de los roles que desempe&ntilde;a el SENASA, a trav&eacute;s de canales primarios que consisten en el control activo mediante: inspecciones programadas; an&aacute;lisis de la informaci&oacute;n obtenida del Sistema Integrado de Gesti&oacute;n de la Sanidad Animal (SIGSA), de la Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SIGICA) y del movimiento de animales a trav&eacute;s de barreras, fronteras y tr&aacute;fico federal (SIG-Barreras); controles en ruta y Servicios de Inspecci&oacute;n Veterinaria en plantas de faena (SIV). Y de los canales secundario que son las denuncias que se reciben por parte de terceros. Reglamentaciones nacionales que aplican a la producci&oacute;n av&iacute;cola y porcina &bull; Ley Nacional N&deg;14346/1954: aborda la protecci&oacute;n contra malos tratos y actos crueles en todas las especies. Existen varios proyectos de Ley para su actualizaci&oacute;n. &bull; Ley N&deg;18.819/1970:&nbsp;establece las t&eacute;cnicas de insensibilizaci&oacute;n en la faena de animales.&nbsp; &bull; Decreto N&deg;1248/1975:&nbsp;presenta las normas complementarias de seguridad y trato para animales vivos durante el transporte y las operaciones anexas. &bull; Resoluci&oacute;n SENASA N&deg;25/2013:&nbsp;se&ntilde;ala cuestiones relativas a la etapa de comercializaci&oacute;n del ganado en mercados concentradores. Regula y restringe el uso de los inductores el&eacute;ctricos de movimiento. &bull; Resoluci&oacute;n SENASA&nbsp;N&deg;46/2014:&nbsp;N&deg;46/2014:&nbsp;incorpora el Cap&iacute;tulo XXXII al Reglamento de Inspecci&oacute;n de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal y regula el BA en los establecimientos de faena, desde la recepci&oacute;n hasta el sacrificio. &bull; Resoluci&oacute;n SENASA N&deg;581/2014:&nbsp;indica los requisitos documentales y las especificaciones t&eacute;cnicas para el transporte de animales en pie. Incluye una tabla anexa con la densidad de carga permitida por especie. Se encuentra en proceso de actualizaci&oacute;n. &bull; Resoluci&oacute;n SENASA N&deg;575/2018:&nbsp;establece los requisitos para el BA en los sistemas productivos de pollos de engorde e indica que todas las granjas deben contar con un manual de BA.&nbsp; &bull; Resoluci&oacute;n SENASA N&deg;1697/2019:&nbsp;establece los requisitos generales para el BA en el &aacute;mbito pecuario y deportivo. Incluye aspectos relativos a agua y alimento; sanidad; ambiente, instalaciones y equipos; manejo de los animales; transporte y faena.&nbsp; &bull; Resoluci&oacute;n SENASA N&deg;924/2020:&nbsp;establece los requisitos documentales y estructurales para la habilitaci&oacute;n de predios feriales, mercados concentradores y todo lugar de concentraci&oacute;n de animales, en contemplaci&oacute;n del BA. Por &uacute;ltimo, la Subcomisi&oacute;n de Bienestar Animal en Porcinos de la CoNBAEP se encuentra discutiendo un proyecto de resoluci&oacute;n sobre BA para esta especie y se espera que sea aprobado por consenso entre todas las partes integrantes y presentado para consulta p&uacute;blica en el corto plazo. &nbsp;